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Decreto Ejecutivo 31: el decreto que reabrirá El Salvador tras casi tres meses de confinamiento

El Ministerio de Salud dio a conocer el Decreto Ejecutivo 31, que entre otras cosas, da la pauta para la reapertura gradual de la economía y de las actividades comerciales en El Salvador.

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El Salvador entrará en una etapa de 5 fases para reabrir su economía de forma ordenada. Foto: archivo.

El Salvador entrará en una etapa de 5 fases para reabrir su economía de forma ordenada. Foto: archivo.

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Decreto Ejecutivo 31. Ese es el decreto que se encargará de reabrir las actividades económicas, comerciales, sociales y culturales en El Salvador tras casi 3 meses de confinamientos por la emergencia covid-19.

Un total de 28 páginas conforman el Decreto Ejecutivo 31 en el ramo de Salud, llamado "Protocolos Sanitarios para garantizar los derechos a la Salud y a la vida de las personas, en el proceso de reactivación gradual de la economía, durante la pandemia por covid-19, aplicables a las zonas central, occidental y oriental de la República de El Salvador".

La nueva normativa aún mantiene como zonas de control epidemiológicas a las 3 zonas geográficas de El Salvador.

Este decreto contiene las fases de la reactivación de la economía en El Salvador y las diferentes actividades que se irán autorizando.

Entre los criterios para la reapertura se encuentran: la evaluación de la situación epidemiológica, la capacidad instalada del sistema integrado de salud, los sectores y negocios que presentan menor indice de contagios y los sectores de relevancia económica.

Desde este 14 de junio hasta el 16 se tendrá una fase transitoria para el inicio de la reapertura gradual de las actividades.

La primera fase iniciará el martes 16 de junio y terminará el próximo 6 de julio; permitirá la atención por citas en barberías, peluquerías y salones de belleza; la industria de la construcción podrá iniciar operaciones, el servicio de taxis y transporte selectivo ("ubers") también podrá laborar para trasladar a las personas que empiecen a laborar dentro de esta fase; los docentes podrán ir a sus escuelas únicamente a preparar las clases que enviarán por los mecanismos diseñados a sus alumnos.

En el caso de los centros comerciales, se permitirá la venta en línea o por telefonía para enviar a domicilio o para recoger en el exterior del centro comercial, quedan prohibida en esta fase las actividades recreativas dentro de los centros comerciales.

La fase II comenzará el 7 de julio y terminará el próximo 21 de julio: esta fase, aparte de mantener las aperturas de la fase I, permitirá que la industria del plástico, del papel cartón, del calzado y cosmética reanuden sus actividades.

Además, los centros comerciales podrán incluir la apertura de los restaurantes y áreas de comida aplicando el protocolo sanitario que será dado a conocer por el Ministerio de Salud; las ópticas, salones de belleza y barberías dentro de los centros comerciales podrán atender con previa cita.

Los restaurantes y cafetines también podrán iniciar sus actividades, conforme al manual que emita el Ministerio de Turismo conforme autorización del Ministerio de Salud.

Se permitirá que las personas puedan salir a caminar de acuerdo a los protocolos del Ministerio de Salud.

Y el transporte colectivo también iniciará sus jornadas, siguiendo los lineamientos que le dictaminen las autoridades.

La fase III (22 de julio, 5 de agosto): mantiene la apertura de las fases I y II y suma estas actividades: comercio al por mayor y menor y las actividades del sector informal, para lo cual se creará un manual por el Ministerio de Salud, que será dado a conocer por cada alcaldía.

Las barberías, peluquerías y salones de belleza podrán atender sin cita previa y se autoriza la apertura de espacios para deportes sin contacto, así como los gimnasios, cumpliendo con la desinfección de todos los equipos antes y después de ser usados.

Se permitirá la apertura de la industria aeronáutica para la entrada y salida de pasajeros, las terminales aéreas funcionarán según los lineamientos que indique la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).

Los centros comerciales seguirán con lo autorizado en la fase II y añadirán el comercio y servicio en general, las barberías, peluquerías y salones de belleza y los espacios para deportes sin contacto.

Las iglesias y lugares de culto y adoración también abrirán sus puertas bajo los lineamientos del Ministerio de Salud.

Fase IV (del 6 al 20 de agosto): se continúan con las aperturas de las tres fases previas y se incluyen los espectáculos y eventos deportivos en los estadios de fútbol con una separación de persona a persona de al menos 2 metros, más otras series de restricciones.

 
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La industria aeronáutica para la operación comercial de pasajeros, siguiendo los lineamientos de CEPA.

El turismo interno y externo se reaperturará bajo protocolos consensuados entre los ministerios de Salud y Turismo.

Museos y salas de exposiciones abrirán sus instalaciones con una separación de al menos 2 metros por personas.

Centros de convenciones y salas de reuniones abrirán hasta en un 50% de sus aforos y con una separación de al menos 2 metros por personas. Los cines y teatros se suman a esta fase con las mismas indicaciones.

El sector público reabrirá en su totalidad en esta fase.

Fase V (desde el 21 de agosto): permitirá la apertura de todas aquellas actividades que no fueron incluidas en la fase IV, dando por reactivada toda la economía salvadoreña.

En todas las fases se enfatiza que las empresas deben dotar a sus empleados de los insumos de bioseguridad como mascarillas, alcohol gel, desinfectantes y similares.

Además, cada reapertura será sujeta a los protocolos sanitarios que dicte o avale el Ministerio de Salud.

Las empresas que puedan continuar con la modalidad teletrabajo, o que sus empleados labores desde casa deberán seguir haciéndolo

Los salvadoreños varados en el extranjero y que retornen, serán examinados y llevados a centros de cuarentena por 15 días, en el cual se les realizará la prueba por covid-19, de resultar negativa, irá a su casa al cumplir el plazo.

Si por el contrario, da positivo a covid-19, será enviado a un lugar que designe el Ministerio de Salud para ser atendido bajo el protocolo de covid-19 hasta superar la enfermedad.

 
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En el caso de las personas mayores de 60 años que laboran ya sea para el sector público o privado y que tengan enfermedades que les pongan en riesgo, se mantendrán en casa sin verse afectados laboralmente en sus puestos de trabajos, se reincorporarán hasta que la autoridad competente lo estime conveniente.

El cumplimiento de todas las disposiciones incluidas en el decreto ejecutivo 31 estará bajo estricta vigilancia de los ministerio de Salud y Trabajo.

El decreto entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, por lo tanto se encuentra vigente desde este domingo 14 de junio y terminará el 20 de agosto, si se ejecuta según la calendarización expuesta.

Las fechas de cada fase estará sujeta a la evolución de la pandemia y será el Ministerio de Salud quien dictamine cualquier nueva disposición

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