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Relaciones El Salvador-EUA VIII

“El destino de los pueblos no puede jurídicamente ser alterado sin la plena aceptación de éstos. Se trata de una transferencia de seres humanos de una soberanía a otra. Los pueblos no entran en la categoría de cosas que pueden ser trasladadas de un dueño a otro ante la indiferencia total de la humanidad”.

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Me mueve a escribir el presente artículo un suceso que me relató en una conversación ese gran diplomático e internacionalista que fue el Dr. Alfredo Martínez Moreno, suceso que también aparece por escrito en su libro Sin toga y con tabardo. Se trata de que en la Conferencia Internacional celebrada en San Francisco, California, en 1951, que concluyó con la firma por parte de 49 países del Tratado de Paz con Japón, El Salvador fue el único país que objetó dos cláusulas del tratado, formulando sus reservas sobre ello. Esas cláusulas eran:
1. Que no era lícito que el pago de las reparaciones de guerra que haría Japón fuera mediante la confiscación, puesto que para nosotros eso no podía aceptarse porque nuestra Constitución la prohíbe y El Salvador no podía firmar algo en un tratado que fuera contra nuestra Ley Suprema.
2. Porque los territorios de las islas Kuriles y parte de las islas Sajalín, ocupadas de hecho por la URSS y que pertenecían a Japón, pasaban al dominio de aquella sin tomar en cuenta la opinión de las personas afectadas, lo cual podría hacerse mediante una consulta popular libre y garantizada, o sea, no fraudulenta.
Sostuvo nuestro embajador Héctor David Castro:
“El destino de los pueblos no puede jurídicamente ser alterado sin la plena aceptación de estos. Se trata de una transferencia de seres humanos de una soberanía a otra. Los pueblos no entran en la categoría de cosas que pueden ser trasladadas de un dueño a otro ante la indiferencia total de la humanidad”.
Esa posición salvadoreña en 1951 puede valer ahora en Ucrania y en Gaza.
EUA había puesto todo su empeño en la elaboración y firma del Tratado con Japón y, si bien se firmó –como ya dije, por 49 países–, El Salvador puso “la notita fea” que no gustaba a sus principales patrocinadores al hacer las reservas sobre los puntos dichos. Por ello, el embajador de EUA en El Salvador, George P. Shaw, pidió audiencia con el Ministro de Relaciones Exteriores para presentar su protesta formal por “la falta de cooperación de El Salvador en la Conferencia de la Paz con Japón”.
El Dr. Martínez Moreno estuvo presente en esa audiencia y cuenta que, luego de escucharse la posición del embajador, El Salvador replicó, fundamentando jurídicamente las razones de sus reservas, ante lo cual el diplomático intentó volver a intervenir, y el canciller Roberto Edmundo Canessa paró al embajador diciéndole:
“Señor Embajador, hemos tomado nota de su queja y usted ha quedado enterado de los fundamentos de nuestra posición. La audiencia ha terminado, lo invito pues a retirarse”.
Aun con un buen tono dicho por “el cherito” Canessa, esas frases no son agradables de recibir para nadie, menos para el representante de la gran potencia mundial por parte de un pequeño país.
Al embajador Shaw no le había ido bien tampoco en sus gestiones para impedir que la Asamblea Constituyente nuestra de 1950 incluyera en la Constitución de ese año la ampliación del mar territorial a 200 millas marinas, posición no aceptada por EUA, que lo limitaba a 3 millas. Sus gestiones fueron infructuosas, porque los constituyentes aprobaron lo contenido en el proyecto, que no les era grato a los señores del norte.
El 4-XI-2021 inicié una serie de artículos titulados “Relaciones ES-EUA” que llegaron al No. VII. Por esa razón, este es el No. VIII. Escribir sobre el tema de esas relaciones es para un libro.
 

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