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Cuestionan una “discrecionalidad excesiva” en Ley de Compas Públicas

La Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE) llamó a una evaluación de la normativa dado que fue aprobada sin discusión pública, de forma apresurada y sin aportes técnicos.

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La Ley de Compras Públicas fue aprobada por la Asamblea Legislativa en enero de 2023 y derogó la  Ley de Contrataciones y Adquisiciones (LACAP).

La Ley de Compras Públicas fue aprobada por la Asamblea Legislativa en enero de 2023 y derogó la Ley de Contrataciones y Adquisiciones (LACAP).

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Que los proyectos estratégicos de utilidad pública, clasificados como tales por el Consejo de Ministros, quedan sujetos a una discrecionalidad excesiva y mucha reserva de información, es una de las valoraciones que realiza el estudio “¿Compras públicas abiertas y transparentes en El Salvador Limitaciones y desafíos” presentado este jueves por la Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE) luego de analizar el marco normativo de las Compras Públicas en El Salvador entre el periodo 2019-2024.

El documento hace mención que para la realización del análisis se dividió el marco normativo en tres momentos: “el que corresponde a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) como regulación central en el ámbito en estudio; la fase de descentralización normativa que llevó a crear regímenes especiales con el consecuente debilitamiento de la LACAP; y la creación de la Ley de Compras Públicas como nuevo marco regulatorio concomitante con el resto de las leyes específicas referidas”.

El coordinador del proyecto de FUNDE, Jiovanny Fuentes, mencionó que “tal y como está actualmente el marco que regula las compras públicas, aparece mucha discrecionalidad, aparece poca publicidad de los procesos, también mucha reserva de información sobre los procesos de contratación que está realizando la constatación pública”.

El especialista también consideró que es “necesario una revisión de todo este marco normativo a fin de establecer una norma general que regule todas las compras públicas en el Estado y evitar la dispersión” en distintas leyes especiales.

"Fue sin mayor discusión, sin haber consultado con expertos  con instituciones que pudieron haber aportado al proceso de construcción y aprobación de esta ley”.
Jiovanny Fuentes, director proyecto FUNDE

El documento expresa que una de las limitaciones y desafíos que tiene la LCP es que su proceso de formulación “fue realizado sin las debidas consultas a actores claves” como la Superintendencia de Competencia y el Órgano de Mejora Regulatoria, al tiempo que  se hizo “fuera del marco establecido por la Ley de Mejora Regulatoria que posee pautas que habrían sido positivas tomar en cuenta”.

También dice que “la implementación no se realizó de forma progresiva para preparar a los aplicadores y usuarios en el correcto y eficiente uso de la normativa”.

El estudio no solo destaca las limitaciones sino que también realiza algunas recomendaciones como el “capacitar al personal de las instituciones públicas y promover el conocimiento de la normativa de compras públicas, incluyendo la de competencia, para lograr una aplicación óptima de las reglas” e “instar a la Corte de Cuentas de la República a realizar las auditorías que sean necesarias sobre el uso de los fondos públicos”.

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