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Reforma al Código Penal flexibiliza penas por corrupción a funcionarios

Reforma aprobada aumenta el monto que un funcionario debe apropiarse para que se le pueda aplicar la pena máxima de prisión por el delito de peculado.

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Desde el jueves pasado, un funcionario que se apropie de fondos públicos por un monto entre $57 mil y $100 mil y llegue a juicio, enfrentará una pena de prisión menor a la que podría haber enfrentado antes por el mismo delito.

Eso gracias a la reforma al Código Penal aprobada por el oficialismo en la Asamblea Legislativa para modificar las penas de los delitos relacionados con la corrupción, la cual fue publicada en el Diario Oficial del 12 de febrero pasado y que entraron en vigencia el jueves 20.

La reforma modificó las penas de prisión para 17 delitos relacionados con corrupción, incrementando en la mayoría de casos las sanciones que deberán pagar los funcionarios que sean encontrados culpables de los delitos.

Sin embargo, debido a que las modificaciones no fueron discutidas artículo por artículo, pasó desapercibido que el oficialismo aprobó un cambio que implica flexibilizar la condena que puede recibir un funcionario que cometa corrupción, cuando esta se trate de peculado.

“El funcionario público, autoridad pública, empleado público, servidor público o agente de autoridad que se apropiare en beneficio propio o ajeno, de dinero, valores, especies fiscales o municipales u otra cosa mueble de cuya administración, recaudación, custodia o venta estuviere encargado en virtud de su función o empleo o diere ocasión a que se cometiere el hecho”. Esa es la definición que el artículo 325 hace del peculado.

La pena de prisión para ese delito depende del monto que el funcionario haya sustraído de las arcas públicas, y tiene tres rangos. Hasta antes de la reforma, eso sí, los montos estaban en colones (ver tabla).

Los cambios

Los rangos para definir la pena de peculado eran: de 6 a 8 años, de 8 a 10 años, y de 12 a 15 años. Con la reforma, ahora son: de 6 a 9 años, de 9 a 12 años, y de 12 a 15 años. No se aumentó la pena máxima, sino únicamente los rangos de las dos penas menores. Sin embargo, sí se modificaron los montos con los cuales se definía la pena que podía enfrentar un funcionario.

El gran cambio ocurre con la modificación al rango superior. Antes, la pena más grande, entre 12 y 15 años, se aplicaba a quienes robaran más de 500 mil colones ($57,142). Ahora, para que esa pena se pueda aplicar a un funcionario, este deberá haber robado más de $100 mil.

En otras palabras, los legisladores subieron el monto que debe ser robado por un funcionario para que se le pueda aplicar la pena máxima por peculado.

Por ejemplo, un funcionario que hubiera robado entre $57,143 y $99,999 se habría enfrentado a una pena de prisión de entre 12 y 15 años ante de la reforma. Con los cambios aprobados por el oficialismo, un funcionario que robare esa misma cantidad de dinero tendrá entre 9 y 12 años de prisión.

La reforma fue aprobada con un dictamen de la comisión de seguridad, en la que únicamente tienen participación diputados de Nuevas Ideas.

Los integrantes de la comisión son: Caleb Navarro, Walter Coto, Felipe Interiano, Dennis Salinas, Francisco Villatoro, Mauricio Ortiz, Benjamín Zavaleta, Andrés Miranda, Claudia Toledo y Alexia Rivas.

Debido a eso, este medio contactó al equipo de comunicaciones de la fracción cian para conocer cuáles fueron los criterios para cambiar los montos de las penas por peculado.

Sin embargo, hasta el cierre de esta nota, no había respuesta por parte del personal de comunicaciones de la fracción de Nuevas Ideas.

Tres abogados penalistas revisaron la reforma y consideraron que pudo haber una mala intención en lo aprobado.

“Para que apliquen la posible pena de 12 a 15 años, son más de $100,000. Es totalmente irrazonable porque va a haber casos de estafa, los cuales tienen penas mayores a estos delitos”, identificó el abogado Otto Flores.

En efecto, el oficialismo aumentó la pena por el delito de estafa y estafa agravada, que se aplica cuando la defraudación es mayor a 200 colones ($22.85), y la hicieron llegar hasta los 15 años.

Dicho lo anterior, eso significa que un ciudadano acusado por estafa agravada podría enfrentar hasta 15 años de prisión, independientemente el monto que haya estafado a sus víctimas, siempre y cuando sean más de $22.85. Mientras, un funcionario público que se haya apropiado de fondos por un monto entre $57,142 y $99,999 enfrentará una pena que puede ir desde los 9 hasta los 12 años.

“Es un ejercicio maquiavélico de la forma de legislar porque ellos mismos se han puesto una ley y han decidido que las penas no sean tan grandes en comparación a las penas que va a sufrir cualquier ciudadano a pie”, agregó Flores.,

Asimismo, el abogado apuntó que se debía prestar especial atención a la incorporación del artículo 336-C al Código Penal. Este no existía previamente, e implica que un funcionario acusado de corrupción reciba solo la mitad de la pena mínima si devuelve lo robado o si brinda información que permita identificar cómplices de sus delitos.

“Cómo es posible que si una persona se robó una pacha o se robó una botella de guaro de 25 pesos, te lo vas a llevar por hurto con posibilidades de recibir una pena exagerada. Y en cambio, alguien que se roba o desvía fondos por $60, 000; si él entrega los $60,000; solo va a recibir la mitad del mínimo de la pena, 4 años y medio”, consideró el abogado.

Mientras, la abogada Jayme Magaña indicó que los montos para definir penas debieron haber bajado en lugar de aumentado: “Lejos de aumentar a $100, 000 tuvieron que haberlo bajado por lo menos a $25,000 dólares en adelante (con pena) de 12 a 15 años, pero ahí está viendo los vacíos que están dejando para garantizarse que no van a ser procesados”.

Además, Magaña recordó que en el caso de reformas penales, la Constitución reza que se debe aplicar la que sea de más beneficio para el imputado. Eso, señaló, significa que “todos los que robaron antes de la reforma, si se han robado más de $57,000, y en ese momento le van a aplicar lo que sea mejor para el reo, entonces les van a aplicar la reforma”.

Finalmente, el abogado Juan Carlos Villalta calificó de “relajo” la modificación de rangos para definir la pena. “No sé si es que son tan descuidados de haberse equivocado tratando de hacer números que aparentaran que eran mayores las penas, o es que lo han hecho de forma maliciosa para proteger a personas con cantidades más grandes de dinero para que las penas  sean menores”, apuntó.

La reforma al Código Penal para los delitos de corrupción fue aprobada en un solo paquete junto con la Ley Anticorrupción propuesta por el gobierno. Ambas fueron aprobadas el mismo día en la Asamblea y fueron publicadas, también, el mismo día en el Diario Oficial, el 13 de febrero. Sin embargo, si bien la Ley Anticorrupción entrará en vigor hasta 180 días después de su publicación, la reforma al Código Penal ya cobró vigencia.

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